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Amplían fecha de registro para autorización de vidrios polarizados hasta el 31 de diciembre

«Escuchando siempre a nuestros compañeros del transporte en toda Bolivia, debido a la cantidad de vehículos que cuentan con este tipo de vidrios, hemos decidido ampliar la fecha para la autorización y el registro para el uso de vidrios oscurecidos y/o raybanizados en el país hasta el 31 de diciembre de la presente gestión».

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Vidrios raybanizados
Foto-Vidrios polarizados

La Paz, 12 de octubre 2022

En conferencia de prensa realizada entre representantes del transporte y autoridades nacionales, el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, anunció la ampliación de tiempo para el registro de autorización de vidrios polarizados u oscurecidos hasta el 30 de diciembre, puesto la fecha inicial estaba planteada para el 15 de octubre.

«Escuchando siempre a nuestros compañeros del transporte en toda Bolivia, debido a la cantidad de vehículos que cuentan con este tipo de vidrios, hemos decidido ampliar la fecha para la autorización y el registro para el uso de vidrios oscurecidos y/o raybanizados en el país hasta el 31 de diciembre de la presente gestión», manifestó.

A la fecha se aprobaron 3.917 trámites y están en proceso de verificación 9.861, sumando un total de 13.778 trámites, logrando una recaudación mayor a los Bs 1.3 millones. Si desea adquirir información para realizar su trámite puede ingresar a la página web https://estadodigital.mingobierno.gob.bo/revipol

El Decreto Supremo 4740 establece que la circulación de vehículos con vidrios oscurecidos (de fábrica), o polarizados, debe contar con una autorización del Ministerio de Gobierno, a través del viceministerio de Seguridad Ciudadana y que únicamente podrán acceder a estos vidrios los siguientes vehículos:

  1. Ambulancias.
  2. Vehículos de uso de Misiones Diplomáticas, Consulares, de Organismos Internacionales acreditados en Bolivia, y todo aquel que cuente con placa diplomática.
  3. Vehículos oficiales y particulares de: el presidente y vicepresidente del Estado Plurinacional; ministras y ministros de Estado; presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, y otras autoridades nacionales, regionales, departamentales y municipales que están detalladas en el Decreto.
  4. Vehículos con orden judicial donde se investiguen hechos de violencia.
  5. Vehículos de personas que tengan problemas de salud que deben estar certificadas por un ente gestor de salud o por establecimientos públicos.
  6. Vehículos que son usados para la lucha contra el contrabando, crimen, narcotráfico, etc.

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