Sociedad
Carnet de vacunación de personas vacunadas en el exterior tiene total validez en Bolivia
“En la página del Ministerio de Salud ya está publicado un instructivo que establece la validez de estos carnets de vacunación que han sido emitidos en el extranjero y que van a poder ser presentados en cualquier espacio”.
Santa Cruz, 4 de enero 2022
El carnet de vacunación de personas que fueron inmunizadas en el exterior tienen total vigencia en el país ante la emergencia sanitaria que se vive producto de la cuarta ola del COVID-19, informó la tarde del martes el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza.
“En la página del Ministerio de Salud ya está publicado un instructivo que establece la validez de estos carnets de vacunación que han sido emitidos en el extranjero y que van a poder ser presentados en cualquier espacio”, dijo en un breve contacto con los periodistas en Santa Cruz.
El mencionado instructivo está dirigido a los directores técnicos de los servicios departamentales de Salud (SEDES), jefes de unidades de epidemiología, responsables de los programas ampliados de inmunización, directores municipales de salud y responsables de redes de Salud, que también establece que las instancias que requieran verificar la veracidad del carnet de vacuna en el extranjero, podrán hacerlo mediante los mecanismos correspondientes en cumplimiento al Decreto Supremo 4641.
Auza remarcó que esa disposición estará vigente hasta que el Gobierno nacional genere un mecanismo que cómo Estado garantice y certifique que ese carnet de vacunación sea válido.
“Vamos a emitir un código QR y en ese mismo sentido (las personas) van a poder acceder a todos los servicios que todo ciudadano tiene en el país. A partir de la emisión de este instructivo los certificados o carnet de vacunas tienen validez”, sostuvo.
Añadió que no existe la obligatoriedad que las personas asistan a la cancillería boliviana a realizar algún tipo de trámite, ya que el mencionado instructivo valida plenamente la vigencia de su carnet de vacunación.
La parte final del documento señala: “Establecer un registro nominal electrónico para personas que fueron vacunadas en el exterior del país, sean nacionales o extranjeros, en el marco del Plan Nacional de Vacunación. El PAI coordinará con los SEDES la implementación del referido registro en un plazo de 7 días hábiles computables a partir de la publicación del presente instructivo”.
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