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Trabajo encuentra 24 irregularidades en supermercado Tócale de Puerto Suárez

Los empleadores del supermercado no presentaron documentos de descargo a las 24 observaciones técnicas, entre ellos el registro contra accidentes de trabajo, capacitación de Higiene y Seguridad Ocupacional.

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Supermercado Tócale de Puerto Suárez
Foto-Supermercado Tócale de Puerto Suárez

Santa Cruz, 19 de abril 2022

El Supermercado Tócale no presentó descargos a 24 infracciones registradas en la reinspección técnica realizada por la Jefatura Regional de Trabajo de Puerto Suárez, lo que implicaría una demanda judicial que sería ejecutada en las próximas horas

Los empleadores del supermercado no presentaron documentos de descargo a las 24 observaciones técnicas, entre ellos el registro contra accidentes de trabajo, capacitación de Higiene y Seguridad Ocupacional, Comité Mixto, falta  del registro al Sistema Integral de Pensiones (SIP), seguridad social de corto plazo, Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST), entre otros”, informó, la jefa Regional de Trabajo, Cinthia Paniagua.

Explicó que en la primera inspección realizada a finales de la gestión pasada se evidenció 25 observaciones, en aquel entonces se dio un plazo de 30 días hábiles para subsanar documentos de descargo faltantes, en ese lapso de tiempo los empleadores solo presentaron un documento quedando pendiente 24 puntos.

“Después de los 30 días, se realizó una reinspección al supermercado a efectos de verificar las mejoras realizadas en los ambientes que no cumplían con los protocolos básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional para el trabajador. Sin embargo, constatamos que las condiciones se mantenían en desmedro de las y los trabajadores” afirmó Paniagua.

Por tanto, y de acuerdo a las normas vigentes, los empleadores del Supermercado Tócale serían pasibles a una multa económica de más de Bs 70 mil, ya que cada una de las infracciones alcanzan a un monto de Bs 3.000 por los 24 trabajadores.

La Ley de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, en su artículo 6, establece que los empleadores tienen la obligación de proveer equipos de trabajo necesarios, promover capacitaciones necesarias para el desarrollo de sus labores y prevenir riesgos que pudieran afectar a las y los trabajadores en su centro laboral.

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